Ordenanza Pirotecnia
La Ordenanza N° 2382/18 está en vigencia y estipula multas y sanciones a quienes incumplan lo establecido en la misma.
Su Artículo N° 1, claramente especifica que queda PROHIBIDO en todo el ejido urbano de la localidad de Perito Moreno la tenencia, fabricación, comercialización, depósitos y venta al publico mayorista y/oi minorista y de uso particular de la pirotecnia.
Su Articulo N° 2, declara a la ciudad de Perito Moreno, LIBRE DE PIROTECNIA.
Su Articulo N° 3, especifica sanciones y multas.
Para conocer la Ordenanza completa, pueden ingresar al menú Ordenanzas – Comercios.