Ordenanza Pirotecnia

La Ordenanza N° 2382/18 está en vigencia y estipula multas y sanciones a quienes incumplan lo establecido en la misma.

Su Artículo N° 1, claramente especifica que queda PROHIBIDO en todo el ejido urbano de la localidad de Perito Moreno la tenencia, fabricación, comercialización, depósitos y venta al publico mayorista y/oi minorista y de uso particular de la pirotecnia.

Su Articulo N° 2, declara a la ciudad de Perito Moreno, LIBRE DE PIROTECNIA.

Su Articulo N° 3, especifica sanciones y multas.

Para conocer la Ordenanza completa, pueden ingresar al menú Ordenanzas – Comercios.

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