Ordenanza que prohíbe el ingreso al espejo de agua de la Laguna de los Cisnes.
La Ordenanza N° 2810/HCD/2023 aprobada en la primera Sesión Ordinaria de este periodo legislativo, especifica que NO está permitido el ingreso al espejo de agua de la laguna para cualquier tipo de práctica, como así también arrojar residuos en la misma.
Con el objetivo de regular las actividades que diariamente desarrollan los ciudadanos en la denominada Laguna de los Cisnes es menester el dictado de normas que regulen su uso para proveer a la seguridad de los concurrentes a la misma, como también su conservación.
La existencia del espejo de agua de la laguna no la hace apta para ningún tipo de práctica de actividades tales como nadar en ella, patinar en épocas invernales, o ingresar a la misma bajo ninguna modalidad, por lo que en aras de la seguridad han de prohibirse tales actividades.
Además hay que tener en cuenta que la laguna de los cisnes no cuenta con personal de vigilancia o de seguridad que pudiere actuar en casos de emergencia, por lo que permitir actividades que impliquen el ingreso al espejo de agua constituye un serio riesgo para quienes lo realicen.
Esta Ordenanza establece multas y en caso de que el infractor sea menor de edad el cumplimiento del pago de la/s multa/s a los padres y /o tutores.
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